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ÚLTIMA HORA -  PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE EN ESPAÑA


Según publica EL MUNDO, El juzgado de primera instancia número 12 de Valladolid ha dictado la primera sentencia condenatoria en España al grupo Volkswagen por el caso de la manipulación de sus motores diésel, por la que el grupo deberá indemnizar con 5.006 euros a un afectado que compró en mayo de 2013 un modelo Q5. El Juez señala que debe indemnizarse con el 10% del valor de compra del vehículo.


ÚLTIMA HORA - PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE EN ALEMANIA


Según ha publicado ELDIARIO.ES "Un tribunal alemán ha obligado a un concesionario alemán, por primera vez en el marco del escándalo por la manipulación de motores diésel en varios modelos de Volkswagen, a aceptar la devolución de un Seat Ibiza y a reembolsar el precio del vehículo a su comprador. "


ÚLTIMA HORA - HOMOLOGACIÓN FRAUDULENTA

Recientemente Letrados de nuestra plataforma han tenido la oportunidad de escribir un artículo que ha sido publicado en LA VOZ DE GALICIA sobre la Homologación Fraudulenta del que extraemos que "la marca propone «reparar» los vehículos mediante la desactivación del segundo reglaje, a fin de que el coche solo disponga del que le permite cumplir con las emisiones, a costa, esta vez, de aumentar el consumo y reducir el par motor (potencia). Esto es, a costa de reducir las prestaciones. De esta manera, lo que los clientes han adquirido es un vehículo con unas prestaciones que a la postre se van a ver reducidas de manera sustancial. Se habría pagado por un coche de calidad superior a la real, y que no está homologado con arreglo a las normas de la Unión Europea, por lo que no podría circular por la vía pública. " Consulte el artículo completo en el enlace.


COMPRUEBA SI TU VEHÍCULO ESTÁ AFECTADO

Para ello solo tiene que  pinchar en el botón de cada marca e insertar el número de bastidor siguiendo las instrucciones

El Grupo Volkswagen ha informado a los Ministros de Industria y Medio Ambiente del Gobierno de España que ha identificado un total de 683.626 vehículos equipados con motores diésel del tipo EA 189 EU 5 comercializados en el mercado español. De la cifra total, 257.479 vehículos corresponden a la marca Volkswagen, 221.783 a SEAT, 147.095 a Audi, 37.082 a Skoda y 20.187 a Volkswagen Vehículos Comerciale ( Fuente: autobild.es)


¿EN QUÉ AFECTA A MI VEHÍCULO?

Un vehículo afectado tiene dos reglajes informáticos, un primer reglaje que se activa cuando se arranca el motor y que cumpliría con las emisiones y un segundo reglaje que se activa cuando se circula con el vehículo, que emitiría emisiones por encima de lo permitido. Una vez que el vehículo se ha puesto a circular no vuelve a utilizar el primer reglaje hasta que no vuelve a ser arrancado.

Además la instalación de ese doble reglaje no cumple con la normativa comunitaria y hace que el vehículo no sea reglamentario. Según la propia Oficina Federal de Circulación "dichos vehículos deben igualmente evaluarse como no reglamentarios con referencia a las autorizaciones concedidas según la Directiva 2007/46/CE; y las autorizaciones de modelo CE deben considerarse ilegales", lo que conlleva que los vehículos con la indicada tara no son aptos administrativamente para circualar en España.

La consecuencia: Vd. tiene un vehículo que no es apto administrativamente para circular y le han engañado.


¿Y LA MEDIDA DE REPARACIÓN QUE PROPONE LA MARCA?

La simple modificación del programa de la centralita informática eliminando la parte que engaña a los sistemas de medición de emisiones contaminantes no es solución, pues ésta pasa por reconfigurar el propio motor para adaptarlo a las normas europeas de control de emisiones contaminantes y, al hacerlo, perderá potencia y aumentará el consumo, por lo que el vehículo ya no tendrá las prestaciones iniciales previstas en el momento de su adquisición. Todo ello sin entrar a valorar la vida útil del vehículo será inferior a la prevista originalmente para el vehículo.


La aceptación por el propietario de la propuesta reparadora ofrecida por la compañía podría significar la imposibilidad de entablar acciones judiciales futuras .


¿QUE PUEDO RECLAMAR?

La devolución del vehículo con restitución del precio pagado o sustitución por otro nuevo de la misma marca y modelo, o subsidiariamenmte, una indemnización de daños y perjuicios que compense la adquisición fraudulenta y la tara con que va a quedar el vehículo tras la "reparación" que propone la marca.


¿DEMANDA INDIVIDUAL O COLECTIVA?

Desde la plataforma desaconsejamos el ejercicio de acciones a través de una demanda civil colectiva y ello porque con cierta frecuencia son inadmitidas por los Juzgados y Tribunales por considerar que los intereses defendidos no son comunes o no están constituidos por la mayoría de los afectados (así sucedió hace apenas un año en el caso Bankia) con los consiguientes retrasos en tiempo y oportunidad.

La vía más recomendable, directa, precisa y personalizada es la demanda civil individual para cada afectado, que es lo que desde la plataforma aconsejamos, ya que si bien la base fraudulenta es la misma, no en cambio el vehículo adquirido (38 modelos de cuatro marcas con distintos acabados y kilometros recorridos).

DEFIÉNDETE CON NOSOTROS

Si necesitas ampliar información o estás interesado en que nuestro equipo jurídico defienda tus intereses, o simplemente quieres unirte a nuestra plataforma independiente para que te mantengamos informado, escribe un mensaje en el campo que aparece más abajo indicando tu nombre, teléfono, marca, modelo y antigüedad de tu vehículo, y a la mayor brevedad un Letrado de nuestro equipo jurídico se pondrá en contacto contigo. Si quieres también puedes llamarnos al                              9 1 1 2 7 3 1 8 3 


¿QUIENES SOMOS?

AFECTADOS MOTOR VOLKSWAGEN constituye una plataforma de acción jurídica como respuesta ofrecida por un grupo de ABOGADOS INDEPENDIENTES que deciden poner su contrastada experiencia y preparación al servicio de los intereses de los  propietarios de vehículos afectados por el escándalo de la manipulación de determinados motores del Grupo Volkswagen, estableciendo un instrumento que permita canalizar sus legítimas pretensiones ante la Administración de Justicia.

Más de 50 años de experiencia en los Tribunales de Justicia y Juntas Arbitrales de Consumo nos avalan.


COSTES DE LA RECLAMACIÓN CON NUESTRO EQUIPO JURÍDICO

El procedimiento de reclamación en la defensa de tus intereses se tramitaría de manera individual bajo dirección de alguno de los letrados del equipo jurídico mediante la entrega de una provisión de fondos a cuenta de honorarios de Letrado y Procurador, por importe de DOSCIENTOS NOVENTA EUROS (IVA INCLUIDO).

El equipo jurídico se compromete a mantener puntualmente informado a cada uno de los afectados del estado de las actuaciones, resolviendo cuantas dudas o consultas realicen al respecto.

El indicado importe solo se incrementará por cuenta del cliente en el caso de que se obtenga una resolución favorable y lo será en la cuantía que resultase de aplicar el porcentaje del 8% sobre la cantidad económica obtenida o equivalente.

Por el contrario, si el resultado es favorable y además con condena en costas, el equipo jurídico cobraría a VOLKSWAGEN su importe, reintegrando al cliente lo que se hubiera recibido, con el límite del indicado importe, es decir, a Vd. le saldría totalmente GRATIS.



Si el resultado del procedimiento fuera desestimatorio, no se tendría que abonar cantidad adicional alguna a nuestro equipo jurídico, y solo en el supuesto de que la Justicia le imponga la obligación de pago de las costas, deberá pagar las de la parte contraria, renunciando el equipo jurídico al cobro de más honorarios que los ya indicados.

Los costes indicados anteriormente, lo serán por estudio jurídico de la documentación y todas las actuaciones ante instancias de la jurisdicción ordinaria, hasta obtener una Sentencia firme. No se incluyen impuestos, tasas o depósitos ni judiciales que serán de cuenta del cliente.

El cliente deberá entregar al equipo jurídico antes de la presentación de la demanda un Poder Notarial General para Pleitos a favor de los Letrados y Procuradores del equipo jurídico, sin la cual no podrá formalizarse.

Si por cualquier circunstancia, el cliente desea desistir de la acción o retirar el encargo al equipo jurídico, lo podrá hacer en cualquier momento, sin perjuicio de lo cual, deberá liquidar al equipo el importe de sus honorarios devengados hasta ese momento que si es antes de la presentación de la demanda, será exclusivamente el importe de la provisión de fondos entregada, y si es posterior a la presentación de la demanda, se tasarán por acuerdo entre las partes, y en su defecto, con arreglo a los Criterios establecidos por los distintos Colegios Profesionales.

más...

VOLKSWAGEN SI COMPENSARÁ A SUS INVERSORES POR EL ESCÁNDALO DE LA MANIPULACIÓN DE LOS MOTORES Y PRETENDE NO HACERLO A SUS CLIENTES QUE HAN COMPRADO UN VEHÍCULO CON MOTOR TRUCADO...DEFIENDETE YA!!!

Según ha publicado recientemente el diario digital EL ESPAÑOL el Grupo Volkswagen ha declarado que “No tenemos contemplado dar una compensación".


Sin embargo, Informa LA RAZÓN que "El fabricante automovilístico alemán Volkswagen ofrece, a través de una fundación, una reparación de daños a sus inversores por las pérdidas que han ocasionado la manipulación de emisiones de gases (...) Esta fundación ofrece a los inversores de Volkswagen en todo el mundo un vehículo sin pleito y sin coste para que recuperen los daños incurridos a los títulos de Volkswagen conforme a la Ley de Liquidación Colectiva Holandesa".


OTRAS NOTICIAS


FRANCIA TAMBIÉN INVESTIGA A VOLKSWAGEN


Según publica el Diario ABC, la justicia francesa ha abierto una investigación a Volkswagen por el fradude de los motores, "en relación con el dispositivo descubierto en los vehículos diesel para ocultar las emisiones de sus coches en condiciones reales de funcionamiento".

Relata el diario que "La directora general de este organismo, Nathalie Homobono, indicó que hay varios «elementos que muestran el carácter intencionado» del engaño del fabricante alemán".


NO HAY MOTIVO LEGAL ALGUNO PARA UN TRATO DIFERENTE EN EUROPA RESPECTO A EEUU


Según el Diraio 20 Minutos "Los europeos afectados por el escándalo de las manipulación de motores diesel del consorcio alemán Volkswagen son susceptibles de ser indemnizados como lo serán los de Estados Unidos, afirma el semanario Der Spiegel. De acuerdo con ese medio, que cita como fuente a uno de los abogados que llevan las demandas colectivas impulsadas desde EE UU, las compensaciones a los usuarios deben ser similares. "Haremos cuanto sea posible por lograr una solución global para todos los afectados", apunta Michael Hausfeld, en declaraciones al citado semanario alemán. El consorcio ha ofrecido a sus clientes estadounidenses 1.000 dólares, mientras que para los europeos no se ha formalizado una oferta, recuerda Der Spiegel. En las negociaciones con la dirección de Volkswagen no debe "ignorarse" a los europeos, prosigue el abogado, según el cual no hay motivo legal alguno para un trato diferente ".




VIAS LEGALES DE RECLAMACIÓN

Nuestro objetivo es iniciar las acciones legales que corresponda en el primer semestre de 2.016.

La ley te ampara. Actualmente en España contamos con legislación protectora de los derechos tanto por la vía penal por presuntos delitos de estafa, publicidad engañosa, medioambientales y fraude, como la civil por incumplimiento de contrato y/o nulidad por vicios de la voluntad como el error en la prestación del consentimiento, el dolo, indemnización de daños y perjuicios incluyendo el daño moral y la más concreta legislación de garantías consumidores y usuarios y de garantía de bienes de consumo. Cada caso será analizado para encauzarlo por el procedimiento concreto más idóneo.

Respecto a la vía civil, entendemos que sería posible ejercitar todas y cada una de las siguientes acciones civiles:

1.- Acción de nulidad de contrato de compraventa del vehículo por vicio de consentimiento, con el efecto de restitución del vehículo a la marca y devolución del precio (Código Civil).

2.- Acción de resolución de contrato por incumplimiento con devolución del vehículo y/o indemnización de daños y perjuicios (Código Civil.

El fundamento estaría en el incumplimiento contractual, las maquinaciones o palabras insidiosas que motivaron la decisión de comprar y el error que recae sobre el objeto comprado, distinto del que se quería comprar y fue publicitado.

Una segunda posibilidad es la reclamación sólo de una indemnización de daños y perjuicios, pero sin resolución del contrato, esto es, conservando el vehículo, a través de las siguientes vías:

1.- Acción de reclamación de daños y perjuicios (Código Civil)

2.- Indemnización por daños morales causados a quien no quiso contaminar y contra su voluntad y sin su conocimiento lo ha hecho.

También cabría la posibilidad de la acción civil colectiva, a la que es posible adherirse con posterioridad aunque haya sido interpuesta por un tercero, generalmente alguna asociación de defensa de consumidores, si bien, en ocasiones, no han sido admitidas por los Juzgados y Tribunales por lo que desde esta plataforma descartamops esta vía.

La indemnización que pudiera obtenerse se ponderará atendiendo a diversos factores como marca,modelo,antigüedad, kilometraje, etc.

Y de todo lo cual es responsable el fabricante y el vendedor.

En cuanto a la vía penal, cabe formular denuncia o querella individual o colectiva, a fin de acumularse al actual procedimiento penal que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional, DILIGENCIAS PREVIAS 91/2015-C por presuntos delitos de estafa y contra el medioambiente, entre otros.



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LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS

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